En la América colonial española, vecino era un estatuto jurídico. No designaba proximidad física sino pertenencia reconocida a una ciudad: el vecino tenía derecho a solar, a voz en el cabildo, a mercedes de tierra y a ciertas exenciones. Se accedía a la condición por avecindamiento formal, y se la podía perder.

La categoría excluía explícitamente a la mayoría. Indios, esclavizados, castas y con frecuencia también extranjeros quedaban fuera; eran moradores o residentes, habitantes sin derechos políticos locales.

Lo que la palabra arrastra

Esa distinción tuvo una vida larga. Cuando las repúblicas abolieron el estatuto formal, el vocabulario permaneció, y con él una asociación que la lengua corriente conservó: el vecino es el habitante legítimo, el que pertenece; el otro es el que está.

La distinción reaparece en el habla urbana latinoamericana cada vez que se discute quién tiene derecho a opinar sobre un barrio. La asamblea de vecinos, la comisión vecinal y la queja vecinal suponen un sujeto con arraigo reconocido, y suelen excluir de hecho al inquilino reciente, al migrante y al ocupante.

No hay aquí una continuidad automática de cinco siglos, y afirmarla sería exagerar. Lo que hay es una estructura de sentido disponible en la lengua, que puede activarse cuando las circunstancias la convocan.

El cosmos vecinal

Las circunstancias la convocaron de un modo particular durante las dictaduras del Cono Sur. Buena parte de los centros clandestinos de detención funcionó en zonas urbanas: comisarías, dependencias militares, casas y talleres en barrios habitados.

Eso produjo una situación que la investigación posterior tuvo que abordar. Había vecinos que vivían a metros de un lugar donde se torturaba. Escuchaban vehículos de noche, gritos, música puesta a volumen inusual; veían movimientos de personas encapuchadas.

La pregunta de qué sabían y qué hicieron es una de las más difíciles de la historia reciente argentina, y admite respuestas distintas para casos distintos. Hubo quienes denunciaron, quienes ayudaron a familiares, quienes callaron por miedo, y quienes colaboraron.

Por qué el marco importa

Aquí es donde la categoría de vecindad aporta algo. La relación con el centro clandestino no fue individual sino vecinal: se procesó en la escala del barrio, con sus códigos sobre qué se pregunta, qué se comenta y qué se deja pasar.

Esos códigos –el no meterse, la protección del propio hogar, el silencio como forma de convivencia– no son invenciones de la dictadura. Son parte del repertorio de la vida barrial, y el régimen se apoyó en ellos con eficacia.

Eso permite una descripción más precisa que la alternativa moral habitual. Ni complicidad general ni inocencia general: un tejido social que tenía reglas propias sobre el silencio, y un Estado que supo usarlas.

La memoria en el mismo espacio

El desenlace es lo que cierra el arco. Varios de esos sitios son hoy espacios de memoria, y en casi todos los casos su creación involucró a organizaciones barriales.

El mismo cuerpo social que convivió con el centro clandestino participó después en señalizarlo. Las marcas urbanas –baldosas con nombres, carteles en las esquinas donde alguien fue secuestrado– son intervenciones a escala de vecindad, no de Estado.

Es una reparación parcial y, leída desde la historia de la palabra, bastante exacta: el derecho a nombrar lo que pasó en el barrio se ejerce desde la misma condición que durante años sirvió para no nombrarlo.